Día del niño
¿Qué debemos saber a la hora de comprar juguetes?
09/08/2017

Ante la proximidad del día en que agasajamos a los más pequeños, se ofrece una serie de recomendaciones a tener en cuenta al momento de comprar los regalos.

En primer lugar, es bueno recordar que a cada edad corresponde un juguete. Esto tiene que ver, principalmente, con el mejor aprovechamiento que el niño puede hacer de ellos pero también con otro aspecto, igualmente importante, que se refiere a la seguridad.

En ese sentido, es importante leer bien las indicaciones y advertencias que traen escritas los juguetes en sus envases, como por ejemplo:

* Edad para la cual el juguete es recomendado.

* Si es necesaria la presencia de un adulto mientras el niño juega.

Los juguetes, definidos como los productos destinados a ser utilizados con fines de juego por niños de edad inferior a los 14 años, sólo podrán comercializarse en la Argentina si cumplen con determinados requisitos de seguridad establecidos en la Resolución de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería Nº 163/2005.

A continuación se describen los principales requisitos a tener en cuenta por los vecinos y consumidores varelenses al momento de adquirir un juguete en los comercios del distrito.

* Nombre y/o razón social y/o la marca, así como la dirección del fabricante o de su representante. Deben ir colocados, por regla general, de forma visible, legible e indeleble sobre el juguete o sobre el embalaje.

* Las advertencias, indicaciones y precauciones de empleo deben estar redactadas en idioma nacional.

* Los juguetes deben tener una adecuada resistencia mecánica y estabilidad suficiente.

* El contacto con los bordes no debe presentar riesgos de lesiones corporales.

* Los juguetes destinados a niños menores de 3 años deben tener un tamaño tal que impida ser tragados y/o inhalados.

* Todos los juguetes deben estar hechos con materiales que no se quemen con una llama o chispa, y que no sean inflamables.

* No debe existir peligro de asfixia.

* La tensión eléctrica de los juguetes que funcionen con electricidad no podrá exceder de 24 voltios y ninguna pieza del juguete llevará más de 24 voltios.

* Los juguetes no deberán contener sustancias o preparados peligrosos con arreglo a las legislaciones nacionales pertinentes en cantidades que puedan perjudicar a la salud de los niños que los utilicen.

Cabe aclarar que todas estas condiciones deben ser certificadas por un Organismo de Certificación reconocido por la Dirección Nacional de Comercio Interior de la Nación, a través de ensayos realizados en laboratorios igualmente reconocidos.

Es necesario tener en cuenta que la referida resolución también aclara que existen productos que no se encuadran dentro de la categoría “Juguetes”, debido a que no se encuentran certificados por régimen.

Algunos de ellos son: armas de aire comprimido; fuegos artificiales, incluidos los fulminantes de percusión; equipos deportivos; rompecabezas de más de 500 piezas o sin modelo, destinados a especialistas; juegos de dardos con puntas metálicas; juegos de video que se puedan conectar a un monitor de video alimentados por una tensión nominal superior a 24 voltios; imitaciones fieles de armas de fuego reales; entre otros.

Te recordamos que para realizar reclamos, consultas y/o asesoramiento, podes dirigirte a la oficina de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, ubicada en Avenida San Martín Nº 3339, comunicarte a la línea gratuita 0800-222- 9807 de lunes a viernes de 8 a 16 hs, o bien a través de la página oficial de Facebook “Oficina de Defensa del Consumidor FV”.



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